¿Cómo se realiza el pago?
¿Cómo se realiza el pago?
El pago puede realizarse en ventanilla, de forma telemática, por transferencia o por domiciliación bancaria.
El pago puede realizarse en ventanilla, de forma telemática, por transferencia o por domiciliación bancaria.
PAGO CON TARJETA
Vd. puede realizar el pago con Tarjeta Bancaria a través de nuestra Oficina Virtual sin certificado.
Para ello tiene que entrar en la Web Oficina Virtual Tributaria, dar en el enlace "PAGAR", indicando el NIF del titular del recibo y poner la "referencia" o "referencia de cobro" que aparece en la parte inferior del recibo
Número de cuenta para el pago por transferencia
El número de cuenta para realizar pagos por transferencia es el siguiente:
ES79-2103-2501-52-0060000022
Deberá indicar en el concepto, el número de Referencia de Pago del recibo.
Pago en Ventanilla.
Si Vd. ya dispone del recibo o documento de pago (o tiene el del año anterior), puede hacer efectivo el pago en ventanilla de cualquier sucursal de la red de oficinas de
Si no dispone de recibo o documento de pago, puede obtenerlo:
Domiciliar el pago supone ahorrar tiempo y dinero, así como evitar desplazamientos y recargos innecesarios.
¿En qué consiste la domiciliación?
Previa orden de domiciliación por el interesado, la entidad financiera en la que haya domiciliado el recibo, cargará (hacia la mitad del período voluntario de cobro correspondiente) el importe a pagar en la cuenta designada para ello.
Este cargo se producirá sucesivamente en cada uno de los períodos de pago en voluntaria, a no ser que el interesado anule la orden de domiciliacion. Una vez cargado el recibo, la entidad bancaria le remitirá el correspondiente justificante de pago (adeudo por domiciliación).
¿Cómo puedo domiciliar?
La solicitud de domiciliación se realizará:
-En el momento del pago en período voluntario en las sucursales de la red de oficinas de Banco Santander, Banco Sabadell, Unicaja, Caja Rural de Salamanca, Caja Rural Castilla La Mancha.
- En cualquier momento del año por:
¿Cuándo tendrá efectos?
Si se recibe por el Organismo Autónomo de Recaudación antes del inicio del período voluntario, para ese mismo período, de lo contrario tendrá efectos para los tributos que se pongan al cobro en los siguientes períodos voluntarios a los de la solicitud.